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dc.contributor.authorLung Arambulo, Jennifer Marite Milagros
dc.date.accessioned2022-11-02T15:22:43Z
dc.date.available2022-11-02T15:22:43Z
dc.date.issued2022
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/10903
dc.description.abstractEn el presente Informe Jurídico se analiza el procedimiento administrativo sancionador en materia de protección al consumidor por infracción al deber de información en el etiquetado de alimentos transgénicos. Siendo las partes la ASOCIACIÓN PERUANA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS (denunciante) y MOLITALIA S.A. (denunciada). La Comisión de Protección al Consumidor N° 2 interpuso denuncia contra la empresa denunciada por presunta infracción al artículo 37° del Código de Protección al Consumidor. Al respecto, la Comisión admite a trámite la denuncia y, luego, la denunciada formula sus descargos. Se declara fundada la denuncia contra la empresa, argumentando que el proveedor no cumplió con la designación en la etiqueta del producto “Choco Donuts”, sobre el contenido de los insumos y/o componentes genéticamente modificados; estableciendo una multa de 10 UIT. La denunciante apeló cuestionando los siguientes puntos: a) la resolución emitida era nula al haberse observado que la Comisión no se pronunció sobre la totalidad de sus argumentos expuestos; b) no existía evidencia científica de que los organismos genéticamente modificados representaran riesgo para los consumidores; c) la denunciante intentó crear regulación que no contaba con un reglamento; d) La necesidad de reglamentación del artículo 37° era un imperativo constitucional; e) Se constituía una barrera burocrática por la aplicación del artículo 37 sin contar con un reglamento. En consecuencia, la Sala resuelve declarar la nulidad parcial de la Resolución al advertir la afectación al debido procedimiento (motivación incongruente) en contra de la denunciada, por lo que, declara fundada la denuncia al haber acreditado el incumplimiento del deber de informar en el etiquetado del producto “Choco Donuts” de 38 gr., el contenido transgénico. En ese sentido, se desarrollará un análisis debidamente detallado de las etapas del procedimiento administrativo sancionador y de los problemas jurídicos, tales como, el determinar si la empresa vulneró el deber de información relacionado al etiquetado, si la Resolución de primera instancia vulneró el Debido Procedimiento Administrativo y si es necesaria la reglamentación de una ley para que surta efectos.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent83 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProtección al consumidores_PE
dc.subjectProceso administrativoes_PE
dc.subjectAlimentos transgénicoses_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N° 230-2018/CC2es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni75512833
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorVigil Oliveros, Enrique Andrei
renati.jurorOrmeño Malone, Mercedes Isabel
renati.jurorZavalaga Ortiz, Carmen Elena
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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