El modelo constitucional de familia, la orientación sexual de los padres y los derechos del hijo
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Fecha
2013Autor(es)
Plácido Vilcachagua, Álex Fernando
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
Hoy se comprueba que el matrimonio y la convivencia heterosexual ya no identifican a la familia sino a un tipo concreto de familia, en cuanto significa una opción entre otras posibles. Los tratados internacionales reconocen que el derecho a constituir familia está expresamente referido a la persona, con prescindencia de su sexo u orientación sexual. No cabe en la recepción constitucional de la convivencia homosexual como un tipo de familia, pero debe precisarse que es opción del legislador el reconocerlo o no como matrimonio. Today it is found that heterosexual marriage and cohabitation and do not identify the family, but a particular type of family as an option means among other possible. International treaties recognize that the right to establish a family is expressly referred to the person regardless of their gender or sexual orientation. There is no reception inconstitutional homosexual cohabitation as afamily type but must be stated that the choice of the legislator is to recognizes a marriage or no.
Colecciones
- Vox Juris - Vol. 25 [10]
Materias
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess