Informe Jurídico de Expediente Civil N° 21-2009
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Fecha
2022Autor(es)
Verastegui Hernandez, Briscella Tania
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El presente caso materia de análisis se trata de un proceso civil de Obligación
de dar suma de dinero, la demanda fue interpuesta por Hugo Abdón Vidal
Valer ante el 5to Juzgado civil con subespecialidad comercial de Lima
mediante la vía del proceso único de ejecución en contra de Olinda Luján
Donaire y Víctor Flores Rodríguez y tenía como petitorio la obligación de dar
suma de dinero por el monto de US$ 30,000.00 (Treinta mil con 00/100
Dólares americanos), demanda sustentada con un título ejecutivo de
naturaleza extrajudicial, en este caso, una letra de cambio suscrita por la parte
ejecutada. Posterior a ello, los demandados formularon contradicción al
mandato de ejecución, invocando la causal de Nulidad formal o falsedad del
título de deuda con fecha 16 de Setiembre de 2009. El Juzgado civil- comercial
resolvió declarando primero, Infundada la contradicción interpuesta, por
consiguiente, llevar adelante la ejecución. La Segunda Sala Civil con
Subespecialidad Comercial de Lima revocó lo resuelto en el Auto Final de
primera instancia y reformándolo declaró Improcedente la demanda. La Sala
Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, declaró Nula la Resolución
de segunda instancia y ordena se emita nuevo pronunciamiento. Por último,
la Sala civil permanente de la Corte Suprema, resuelve declarando Fundado
el recurso de Casación, en consecuencia, declararon Nulo el Auto de vista
emitido por la Segunda Sala Civil con subespecialidad comercial y actuando
en sede de Instancia confirmaron el Auto Final Apelado.