Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 116-2018/CCD
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2021Author(s)
Solorzano Mayorca, Mercedes Yasmin
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En el presente informe jurídico se analiza el procedimiento administrativo
sancionador en materia de Competencia Desleal seguido ante el INDECOPI, por la
denunciante contra el denunciado, por la presunta comisión de actos de
competencia desleal en la modalidad de sabotaje empresarial establecido en el
artículo 15 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal (LRCD). De acuerdo
a los hechos ocurridos, el denunciado habría interferido en la relación contractual
que la denunciante tendría con MEIRL, induciéndolo a que este incumpla su relación
contractual con la denunciante, en tanto, presuntamente, el denunciado le habría
ofrecido ser su suministrador eléctrico y migración inmediata de Usuario Regulado
a Cliente Libre, exonerandolo del plazo del preaviso estipulado en el articulo 4 del
Reglamento de Usuarios Libres de Electricidad (RUL). Asimismo, la denunciante
señaló que este tipo de ofrecimiento se ha repetido con los Clientes, CEB y PA. La
Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal: i)declaró infundada la
denuncia presentada por la denunciante, al no existir un comportamiento
objetivamente capaz de motivar el incumplimiento contractual por parte de los
Clientes y a que el ofrecimiento del denunciado se realizó dentro de los alcances
del RUL, ii) denegó los pedidos formulados por ESR. La Sala Especializada en
Defensa de la Competencia, confirmó lo resuelto por la Comisión, modificando sus
fundamentos, y analizó la denuncia, bajo la presunta comisión de Actos de Boicot.