Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 004-2018-CCO-ST/CI
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Fecha
2021Autor(es)
Mesta Pintado, Anselmo Gerardo
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El presente informe tiene por objeto analizar la controversia suscitada entre
A.C.S.A.C., concesionaria de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, y C.E.H.S.A.,
concesionaria del servicio público de energía eléctrica; respecto al monto de la
contraprestación mensual por uso de la infraestructura de esta última, en virtud de
la ejecución del Contrato de Acceso y Uso de Infraestructura Eléctrica que
suscribieron bajo el ámbito de la Ley 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha
y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica.
El punto principal del conflicto giró en torno a establecer si el precio acordado por
contraprestación mensual para acceder y usar infraestructura eléctrica vulneraba el
artículo 30 del Reglamento de la Ley de Banda Ancha (Decreto Supremo 014-2013-
MTC), y si dicha situación justificaba que la concesionaria eléctrica devuelva lo
pagado en exceso; pues, de acuerdo con la citada disposición normativa, la
contraprestación mensual se fija en base a una fórmula matemática, cuyo resultado
sirve como tope máximo de aquella.
Este inconveniente surgió a propósito de las interpretaciones que cada una de las
partes contratantes daba a la variable “Na” de la indicada fórmula, ya que mientras
una sostenía que se trataba de un valor dinámico, la otra alegaba la existencia de
un valor estático; generando un debate que merece la atención de la comunidad
jurídica para evitar futuros inconvenientes.
Por lo tanto, en el presente trabajo se analizarán los alcances de la interpretación
histórica y la interpretación literal; por qué es importante superar el sentido literal
de una norma; y, por último, si es necesaria la aplicación de reglas del derecho civil
sobre el pago indebido para resolver casos como el estudiado.