Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 031-2015/CPC-INDECOPI-PIU
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2020Author(s)
Landeo Caipo, Lilian Victoria
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En el Informe Jurídico se analiza un procedimiento administrativo sancionador
en materia de Protección al Consumidor. La denuncia fue interpuesta por la
señora Maribel Valdez Peña contra la empresa Inversiones Regal S.A. ante la
Comisión de Protección al Consumidor – Sede Piura, por presunta infracción a
los artículos 18°, 19°, 25° y 30° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa
del Consumidor.
La denunciante refirió haberse acercado a la Distribuido El Amazónico E.I.R.L.,
a fin de adquirir una docena de enlatados de sardina, al momento de abrir una
de las latas, encontró un pedazo de guante con presencia de hongos. Asimismo,
ofreció como medios probatorios la boleta de venta, fotografías de lo hallado en
la lata de conserva, defecto que posteriormente se exhibió en el proceso
mediante muestra física. Del mismo modo, solicitó se investigue y sancione a los
responsables.
Por su parte, los denunciados, manifestaron que la denunciante no habría
demostrado el defecto alegado, pues no presentó prueba suficiente y oportuna
sobre la supuesta indebida presencia del pedazo de guante con rastros de
hongos en el enlatado y que estos productos comercializados u ofrecidos a los
consumidores eran de calidad (contaban con protocolos de seguridad y
habilitación) y adquiridos a empresas de buena reputación.
El expediente analizado contiene materias jurídicas relevantes, tales como: el
concepto de consumidor y proveedor, la relación de consumo, el deber de
idoneidad de los proveedores, obligación de los proveedores, deber general de
seguridad, inocuidad de los alimentos, la responsabilidad administrativa del
proveedor, medidas correctivas, graduación de la sanción, entre otros.
La Comisión de Protección al Consumidor sede Piura del INDECOPI resolvió
declarar Fundada la denuncia contra Inversiones Regal S.A, en tanto consideró
acreditado que puso a disposición de la señora Valdez un producto enlatado,
conteniendo el trozo de guante con hongo; por lo que, se le sancionó con 15 UIT.
Asimismo, respecto a Distribuidora el Amazónico E.I.R.L, declaró Infundada la
denuncia por presunta infracción a los artículos 18°, 19°, 25° y 30° del Código de
Protección y Defensa del Consumidor; en tanto quedó acreditado que dentro de
la cadena productiva cumple rol de comercializador del producto. Aunado a ello,
declaró improcedente la medida correctiva solicitada por la denunciante.
La Sala Especializada de Protección al Consumidor del INDECOPI resolvió el
recurso de apelación interpuesto por el denunciante Inversiones Regal S.A.,
revocando la resolución venida en grado que declaro Fundada la denuncia
interpuesta contra Inversiones Regal S.A. por presunta infracción a los artículos
18, 19, 25 y 30 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor,
en el extremo referido a que dicho proveedor puso a disposición de la señora
Maribel Valdez Peña un producto enlatado conteniendo un trozo de guante con
hongos; y, reformándola, declara Infundada la misma, toda vez que la
denunciante no acreditó el defecto alegado.