Informe Jurídico de Expediente Civil N° 00193-2015-0-0412-JM-CI-01
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2020Author(s)
Vilchez Salvador, Rosa Alicia
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En el Informe Jurídico se analiza un expediente civil sobre Otorgamiento de Escritura Pública. La acción es interpuesta por Miguelina Felicitas Vera Gutiérrez contra Asociación de Vivienda Residencial “Los Jazmines” con la finalidad de que se le otorgue la Escritura Pública del inmueble ubicado en la Mz. “C”, Lote 8 de dicha asociación, en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. La parte demanda fundamentó su contestación de demanda señalando ser la única y legítima propietaria del inmueble materia de sub litis, ya que su derecho de propiedad se encuentra inscrito en el Registro de Predios de la Zona Registral N° XII- Sede Arequipa, lo cual contradice lo señalado por la señora Vera, quien no posee título alguno para alegar derecho de propiedad, así como tampoco demostró haber ejercido derecho de posesión sobre el inmueble materia de controversia. En primera instancia, se declaró FUNDADA la demanda por verificarse que el contrato de compraventa se perfeccionó con la adjudicación en favor de la demandante de un terreno de 127.16 m2 ubicado en la Mza. C, Lote 8, y por tal adjudicación, la demandante efectuó un pago de S/ 6,251.00 soles. En segunda instancia, se resolvió REVOCAR la sentencia de fecha 16 de mayo de 2016, y, REFORMÁNDOLA, declararon IMPROCEDENTE la demanda, argumentando que lo actuado en primera instancia no se adecua a lo dispuesto en el artículo 1412 del Código Civil, pues no se puede requerir el otorgamiento de escritura pública cuando no se ha demostrado la existencia de un contrato. La Corte Suprema declaró FUNDADO el recurso de casación interpuesto por la demandante, CASANDO la sentencia de vista, y actuando en sede de instancia, CONFIRMARON la sentencia que declaró FUNDADA la demanda, en consecuencia ordenaron a la parte demandada otorgue la escritura pública sobre el inmueble sublitis.