Informe jurídico sobre expediente Nº 1271-2019/CC2-INDECOPI
Abstract
En el informe jurídico pasaremos a examinar un PAS (Procedimiento Administrativo Sancionador) aunado a un caso de protección al consumidor, donde inició por una denuncia presentada por el señor M. E. C. B. contra varias empresas, entre ellas M. SA..; N. P. SAC.; M. SAC.; A. SA. y G. P. SAC. El denunciante alegó haber recibido un vehículo que mostraba problemas de cabeceo al acelerar y desacelerar, además de señalar que no se había respetado la garantía en los centros de servicio autorizados para el mantenimiento del vehículo. Tras la notificación de la denuncia, N. P. SAC. respondió argumentando que carecía de legitimidad para actuar, al no ser la empresa que directamente vendió el producto al denunciante. La Primera Instancia de Protección al Consumidor N°2 expidió una resolución final en la que modificó la imputación inicial y dio por concluido el procedimiento ante G.P. SAC. debido a un desistimiento por parte del denunciante. En cuanto a los demás aspectos, la Comisión declaró infundada la denuncia al considerar que ni los proveedores ni los centros de servicios estaban obligados a aplicar la garantía debido a su caducidad. Esta decisión fue impugnada y, posteriormente, la Segunda Instancia que viene a ser la Sala Especializada en Protección al Consumidor emitió la resolución final el 6 de diciembre de 2021 en la que revocó la primera resolución. La Sala declaró fundada la denuncia contra M. SA. y N. P. SAC., al corroborarse que los proveedores habían entregado al denunciante un vehículo con un defecto relacionado con la caja de cambios, lo cual generaba el cabeceo del vehículo al disminuir y aumentar la velocidad.