Informe jurídico sobre expediente Nº 2053-2018-0-0401-JR-CI-04
Resumen
El presente informe jurídico versa sobre un proceso Desalojo por posesión
precaria iniciado por la señora A.I.S.T., en contra de V.M.C. Vda. M. con la
finalidad de que cumpla con restituirle la posesión del segundo piso y azotea del inmueble ubicado en XXX. La actora sostiene que es propietaria de todo el bien inmueble, dado que la demandante tenía acreditada su titularidad para solicitar el desalojo por cuanto demandante acredita válidamente que es propietaria de todo el inmueble materia de litis, primero se hace copropietaria del 46.25 % de las alícuotas mediante
compraventa celebrado con V.A.C.R. de fecha 01 de octubre de 2012 y luego
adquiere el 53.75% de las cuotas ideales mediante el proceso de retracto,
llegando hasta la suprema y adquiriendo la calidad de cosa juzgada. Por otro lado, la demandada V.M.C. Vda. M. sostiene que no es precaria, por
cuando acredita que es copropietaria del inmueble materia de litis, ya que si bien esta conjuntamente con los otros copropietarios vendió las acciones y derecho a las señoras M.Z.I. y P.E.Z., este contrato fue resuelto por mutuo disenso, y que además inició un proceso de retracto en contra de la demandante y el señor V.A.C.R. por no ofrecerles las cuotas ideales a esta ni a lo demás copropietarios. Posteriormente, mediante inspección judicial en el inmueble materia de litis, se encontraba el hijo de la demandada, el señor J.L.M.C., en consecuencia, el juez procede a incorporarlo como litisconsorte necesario pasivo. Por último, el juzgado decide declarar fundada la demanda, ante ello no estando conforme con lo resuelto, la parte demandada apela la sentencia de primer grado que amparó el desalojo, no obstante, la sala superior decide confirmar la recurrida ordenando la desocupación del inmueble.