Falta de cualidad como defensa de parte o un deber del juez de declararla de oficio en el proceso civil venezolano
Resumen
El Presente trabajo de investigación tiene como objetivo general analizar si la falta de cualidad comporta una defensa de parte o por el contrario si el juez debe declararla de oficio dentro de un Proceso Civil venezolano. Antes de la emisión por parte de la Sala de Casación Civil, en sentencia Nº 000258 del 16 de junio del 2011, la cual estableció como carácter vinculante para los jueces civiles declarar de oficio la falta de cualidad en toda causa que sea sometida a su conocimiento, los proceso se regían únicamente por lo alegado y probado por las partes, sin poder el juez declarar de oficio la falta de cualidad toda vez que comportaba una defensa exclusiva de la partes, vulnerando dicho fallo lo contenido en los artículos 12 y 361 del Código de Procedimiento Civil.
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- Tesis de pregrado [161]