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dc.contributor.authorRojas Torres, Erick Joseph
dc.date.accessioned2023-04-12T18:18:55Z
dc.date.available2023-04-12T18:18:55Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/11571
dc.description.abstractEn el Informe Jurídico se analiza una denuncia interpuesta por la Sra. P.J.C.H. contra la universidad U.P.U. por haberle otorgado un título profesional técnico en Informática Empresarial que no tenía validez, ya que no contaba con la autorización necesaria para emitir carreras técnicas. La denuncia de parte fue interpuesta el 10 de octubre de 2019 ante la Comisión de Defensa y Protección del Consumidor del INDECOPI por presunta infracción del artículo 73° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, referido a la idoneidad en productos y servicios educativos; la denunciante manifestó que estudió entre los años 2004 a 2007 en la universidad U.P.U. emitiéndose a su culminación el título técnico y enterado de los problemas de validez en el año 2017, remitió un correo electrónico a la universidad informando la irregularidad. En consecuencia, interpone la denuncia refiriendo que hubo una inversión de S/ 19,444.11 por sus estudios, por lo que la Secretaría Técnica admitió a trámite esta denuncia. En sus descargos, la Universidad manifestó que: debía declararse la prescripción de la potestad administrativa sancionadora, toda vez que el hecho referido excedía el plazo permitido por ley consistente en dos años desde la entrega del título cuestionado; que la denunciante recibió un servicio idóneo porque los estudios realizados fueron el de una carrera de extensión universitaria mas no profesional técnica, tal como se le informó en su momento; que de acuerdo al artículo 68° de la Ley Universitaria1, el registro de grados y títulos de extensión universitaria no eran inscribibles en la Asamblea Nacional de Rectores2. La Comisión de Protección al Consumidor denegó la solicitud de prescripción y declaró fundada la denuncia en el extremo de que la universidad otorgó un título profesional que no contaba con autorización, sancionándola con una multa de 6,61 UIT y ordenando como medida correctiva que cumpla con devolver a la denunciante la suma solicitada por los estudios realizados. La universidad interpuso recurso de apelación señalando los mismos argumentos, pero enfocándose en que la denunciante fue debidamente informada del tipo de estudios cursados al momento de su postulación y que no podía suspenderse el plazo de prescripción, dado que no existe base legal para afirmar que se computaba desde que el consumidor tomaba conocimiento del hecho infractor. En la instancia superior, la Sala de Protección al Consumidor confirma la resolución de primera instancia, refiriendo que la prescripción solicitada por la universidad es denegada porque solo podrá computarse desde que ha cesado la situación antijurídica o desde que el hecho materia de infracción llegaron a conocimiento de la víctima y tal plazo se computará desde que la denunciante informó la irregularidad del título profesional; además, la universidad no ha informado de manera precisa el tipo de estudios cursados y al no contar con autorización, no debió brindar el servicio educativo con la denominación de carrera profesional técnica.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.format.extent60 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Académico USMPes_PE
dc.sourceUniversidad San Martín de Porres - USMPes_PE
dc.subjectProtección al consumidores_PE
dc.subjectDenunciaes_PE
dc.subjectAutorizaciónes_PE
dc.subjectObtención de títuloes_PE
dc.titleInforme Jurídico de Expediente Administrativo N° 1309-2019/CC2
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
renati.author.dni45715563
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorCasassa Casanova, Sergio Natalino
renati.jurorZavalaga Ortiz, Carmen Elena
renati.jurorLiendo Miranda, Claudia Elisa
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_PE
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_PE


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