Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 0955-2018/CC2
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Trabajo
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Fecha
2021Autor(es)
Adrianzen Chasquero, Elmer Orlando
Jurado(s)
Oliva Cornejo, Jorge
Sanchez Cafferata, Carlos Aliggio
Fernandez Vasquez, Jose Arquimedes
Sanchez Cafferata, Carlos Aliggio
Fernandez Vasquez, Jose Arquimedes
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente informe es para identificar los principales problemas que resulta
del expediente 955-2018/CC2 donde se sanciona a la empresa R. N. por actos
discriminatorios.
Lo que se pretende es analizar si fue correcta la sanción que se impuso a R.
N. y si se aplicó correctamente un criterio de razonabilidad, analizado bajo el imperio
del principio de proporcionalidad (art. 200 in fine de nuestra Constitución Política del
Perú), así como también determinar si hubieron otras vías igualmente satisfactorias
como capacitar a estos proveedores ante un eventual suceso de discriminación como
obligación que tiene todo Estado llamado a prever y orientar mecanismo de
concientización para evitar estos sucesos.
Asimismo, ¿este tipo de sanciones ayudan a reorientar las conductas de los
proveedores en mercado o directamente debemos de sancionar e imponer medidas
correctivas?, ¿qué tanto sería beneficioso a largo plazo?, ¿éstas sanciones alentarían
a la inversión privada a ponerse al margen de la norma o desincentivaría la inversión
en país?, ¿habrían otros alternativas que coadyuden a corregir estas conductas? y si
fuese así, que se hubiera sucedido si R. N. hubiera sido sancionado de diferente
manera llevando un criterio de ponderación en base a la idoneidad, la necesidad y la
proporcionalidad debido que por medio existen derechos constitucionalmente
reconocidos como el derecho de igualdad y derecho a la dignidad.
También determinar que nos establece nuestra normativa tanto nacional como
internacional acerca de la protección de la dignidad ante actos discriminatorios que
este caso se suscitó en una relación de consumo.
Y por consiguiente determinar si R. N. tiene justificación objetiva y razonable para
establecer como política interna la entrega de cartas diferenciadas a sus comensales,
esto en base al principio de libertad de empresa.
Colecciones
Editor
Universidad de San Martín de Porres
Tipo de investigación
https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
Acceso
info:eu-repo/semantics/openAccess