Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 1386-2013-0-1801-JR-CA-13
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2022Author(s)
Coz Hermitaño, Nhorye Tsamaren
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En el Informe Jurídico se analiza la acción contenciosa administrativa seguida
ante el Décimo Tercer Juzgado Contencioso Administrativo, siendo parte
demandante la empresa TECFAMA S.A.C y la parte demandada el Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, cuya controversia giró en torno
a la Declaración de Nulidad de la Resolución Nro. 023-2013-OEFA-TFA de
fecha 23 de enero de 2013, emitida por el Tribunal de Fiscalización Ambiental,
mediante el cual declaró improcedente el Recurso de Apelación interpuesto
contra la Resolución Directoral Nro. 1741- 2011-PRODUCE/DIGSECOVI de
fecha 4 de mayo de 2011, mediante el cual, luego de realizarle un
procedimiento administrativo sancionador, dispuso sancionar a la demandante
el pago de 2UIT por incurrir en la infracción de cumplimiento de compromisos
ambientales en las actividades pesqueras y acuícolas de acuerdo al número 73
del artículo 134° del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y
Acuícolas; el mencionado procedimiento administrativo sancionador, se inició
como consecuencia de los resultados de las acciones de vigilancia y control
pesquero. La sentencia de primera instancia declaró fundada en parte la
demanda, en consecuencia, nula la Resolución Nro. 023-2013-OEFA-TFA de
fecha 23 de enero de 2013 emitida por el Tribunal de Fiscalización Ambiental;
e Infundada en el extremo que solicita se declare fundado el recurso de
apelación administrativo, disponiendo que la entidad administrativa cumpla con
emitir una nueva resolución resolviendo el recurso de apelación planteado el
30 de mayo de 2011, teniendo como fundamento que, los documentos que
fueron sustento para la sanción administrativa, contiene hechos diferentes uno
del otro, no apreciando que haya cumplido con la finalidad de conservar de
manera clara y fehaciente todos los hechos constatados en la diligencia de
supervisión, asimismo, la existencia de la vulneración del ejercicio de derecho
de defensa de la demandante ya que no fue puesta en conocimiento del nuevo
hecho plasmado en un Informe. Consecuencia de ello, la parte demandada, por
medio de la Procuraduría de Ambiente, interpuso apelación a dicha sentencia,
siendo de conocimiento de la Cuarta Sala Contencioso Administrativa
Permanente, la misma que resolvió REVOCAR la sentencia en primera
instancia reformándola a INFUNDADA LA DEMANDA Siendo las principales
instituciones jurídicas involucradas y desarrolladas: el proceso contencioso
administrativo, el procedimiento administrativo sancionador, así como la
aplicación del principio de debido procedimiento.