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dc.contributor.authorConde Granados, Jorge Luis
dc.contributor.authorZamora Vargas, Karla Lizeth
dc.contributor.authorZelada Casahuamán, Katherine Brishith
dc.contributor.authorRequejo Rossell, Frida Paloma
dc.contributor.authorPinto Bonifacio, Raúl Alonso
dc.contributor.authorPeláez Puelles, Joseph Marvin
dc.contributor.authorSalinas Pérez, Mijaira
dc.creatorPinto Bonifacio, Raúl Alonso
dc.creatorPeláez Puelles, Joseph Marvin
dc.creatorSalinas Pérez, Mijaira
dc.creatorRequejo Rossell, Frida Paloma
dc.creatorZelada Casahuamán, Katherine Brishith
dc.creatorZamora Vargas, Karla Lizeth
dc.creatorConde Granados, Jorge Luis
dc.date.accessioned2019-01-16T08:53:46Z
dc.date.available2019-01-16T08:53:46Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12727/4250
dc.description.abstractCada vez es más frecuente la intervención de abogados en las principales decisiones de una sociedad sean estas pequeñas o grandes corporaciones, el cual parte desde un conocimiento de las principales normas correspondiente al sector en que participa la sociedad, continua con el apoyo en la correcta organización y seguimiento de la ejecución de los acuerdos tomados en sesiones de Directorio, reuniones de Junta de Accionistas y/o directrices emitidos por la Gerencia (evitando incluso conflictos intra-societarios) siempre dentro de un correcto cumplimiento a los temas éticos y de compliance que deben de cumplir los principales funcionarios y colaboradores de dicha sociedad hasta llegar a cumplir con sus objetivos y metas trazadas y que es formar parte del crecimiento empresarial de la sociedad e incluso reduciendo las contingencias, entre otros. Dentro de ese marco de actuaciones señalados en al párrafo anterior, la Ley General de Sociedades peruano ha establecido que muchas de tales funciones se encuentran dentro del marco del Secretario de la sociedad, sin embargo ha señalado también que dicha calidad le compete a la Gerencia General o en su caso es determinado en la propia reunión de quien sería el Secretario reemplazante ante la inasistencia de este último o incluso dicha regulación de reemplazo podría estar regulado en los Estatutos de la Sociedad.es_PE
dc.format.extent65 p.es_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad de San Martín de Porreses_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/es_PE
dc.sourceREPOSITORIO ACADÉMICO USMPes_PE
dc.sourceUniversidad de San Martín de Porres – USMPes_PE
dc.subjectCompañías - Legislaciónes_PE
dc.subjectGobierno corporativoes_PE
dc.titleStop a la paranoia : el arribo del secretario corporativo
dc.title.alternativeStop to the paranoia : the arrival of the corporate secretaryes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/reportes_PE
thesis.degree.nameDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad de San Martín de Porres. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE


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